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Consecuencias de entrenar sin titulación
Martes, 19 de Septiembre del 2017
Consecuencias de entrenar sin titulación
Con la entrada en muchas comunidades autónomas de la Ley que regula las Profesiones del Deporte, la profesión de entrenador de fútbol pasa a ser una profesión regulada por las Comunidades Autónomas.

¿Esto que quiere decir?

Una profesión regulada es aquella profesión que sólo se puede ejercer mediante unas condiciones determinadas por una ley o norma legislativa.

¿Que sucede si ejerzo la profesión de entrenador sin la titulación que indica la Ley?

Aquí hay que diferenciar dos situaciones bien distintas:


-La denuncia por la detección por cualquier medio de que alguien está ejerciendo sin los requisitos que indica la Ley

En este supuesto se aplicarían las sanciones dispuestas en la Ley por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte.


-La denuncia tras un siniestro bajo la supervisión de quien está ejerciendo sin los requisitos que indica la Ley.

Es decir, la que se produce tras la lesión de un deportista, las consecuencias serán directamente proporcionales al grado y secuelas del siniestro.

-Lesión leve
-Lesión grave
-Incapacidad permanente
-Muerte

 A mis alumnos le suelo poner el ejemplo de la persona que conduce sin seguro en el coche y el que conduce con seguro, es el ejemplo que más se asemeja a esta situación.

*La persona que ejerce con la titulación y conocimientos que indica la Ley, siempre tendrá una responsabilidad civil por las lesiones de los deportistas bajo su supervisión.

*La persona que ejerce sin la titulación y conocimientos que indica la Ley, además de la responsabilidad civil tendrá responsabilidad penal en el caso de los siniestros más graves.

Además de estar incumpliendo la Ley que ordena el ejercicio de las profesiones deportivas, está cometiendo un delito de Intrusismo Profesional ,tipificado en el Código Penal, dice el artículo 403 del Capítulo V que un “intruso” es aquel que “ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, si además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años

"Pero es que a mí la federación no me pide disponer del título para sentarme en el banquillo"

Las veces que habré escuchado esto......existe la creencia equivocada que ejercer de entrenador es solo competir en una liga organizada por una federación, no es así, existen entrenadores en tecnificaciones, en campus, en actividades extraescolares......y hay que diferenciar los requisitos que una federación solicite a los equipos de disponer de entrenador titulado o no, de la leyes que debemos cumplir todos los ciudadanos.

"Se trata de titulitis"

No es así,se trata de conocimientos, cualquier profesión que pueda poner en riesgo la salud física de las personas debe estar regulada,y puedes creer que por haber sido futbolista no es necesario tampoco estudiar que ya tienes conocimientos,el conocimiento generado por tus propias experiencias SOLO es TÚ conocimiento pero no ÉL conocimiento.


"Es que el curso es muy caro"

El Ministerio de Educación dispone de becas,que en ocasiones ,dependiendo de la situación economica de cada persona llegan a ser del 100% del importe del curso.

El precio de la educación se paga solo una vez,el precio de la ignoracia se paga toda la vida



Articulo de Conra Galán
Director de ANEFF