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¿Qué consecuencias puede tener un entrenador con Diploma federativo si actúa como entrenador fuera de la competición de la FFM?
Lunes, 18 de Febrero del 2019
¿Qué consecuencias puede tener un entrenador con Diploma federativo si actúa como entrenador fuera de la competición de la FFM?
El pasado 14 de Febrero, la Asamblea de Madrid aprobó la “Proposición de Ley PROPL 3/19 RGEP 1289, por la que se modifica la Ley 6/2016 de 24 de noviembre por la que que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid"

Esta modificación ratificó que la única formación válida para ejercer la profesión de entrenador de futbol en todos los ámbitos es la de Técnico Deportivo en Fútbol.

En las competiciones federadas también podrán ejercer la profesión de entrenador de fútbol aquellos que han obtenido el diploma federativo en la Federación de Fútbol de Madrid antes de esta modificación y los que lo obtengan antes del 31 de diciembre de 2019.

Esta es la comunicación de la Comunidad de Madrid, hemos señalado con un rectangulo rojo donde indica en el ambito que podrán ejercer los entrenadores con Diploma federativo.

 


La Ley también informa a la Federación de Fútbol de Madrid que, a partir del 2020, para que sus cursos sean reconocidos y los entrenadores formados bajo su formación puedan ejercer en las competiciones federadas, deberán adecuar estos a las formaciones oficiales.

En ningún caso los entrenadores con Diploma federativo podrán ejercer la profesión en

-Entrenamientos
-Ligas municipales
-Campus
-Tecnificaciones
-Ligas escolares
-Torneos


 
Es decir, la Ley solo contempla que puedan ejercer la profesión de entrenador deportivo en los partidos organizados por la Federación de Fútbol de Madrid, ni siquiera pueden dirigir sesiones de entrenamiento de estos equipos, ya que se esta actividad se encuentra fuera de la competición de la propia federación.
 

Fuera del ámbito federativo el ejercicio de la profesión queda reservado a los Técnicos Deportivos en Fútbol.
 
 

El empeño de la Federación de Fútbol de Madrid en impartir sus cursos privados y no impartir el curso oficial (que puede hacerlo) va a dejar a muchos entrenadores sin poder ejercer la profesión con sus actuales equipos fuera de la competición.

Se puede dar el caso que seas entrenador de un equipo alevín, infantil o de cualquier categoría en la competición de la FFM pero que no puedas acudir con este a torneos de otros clubes e incluso dirigir sesiones de entrenamiento de ese equipo, ya que estarías incumpliendo la Ley de profesiones deportivas.


¿Qué consecuencias puede tener un entrenador con Diploma federativo si actúa como entrenador fuera de la competición de la FFM?

-Por la propia acción de ejercer como entrenador sin la titulación que ordena le Ley, las sanciones económicas descritas en la Ley

A partir de ahora los papas y mamas ya tienen un arma legal contra el entrenador de fútbol, denunciarle ante la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid.

-Mas grave se antoja la situación si bajo nuestra dirección algún niño o niña sufre alguna lesión grave o fallece, no existirá seguro alguno que cubra la responsabilidad civil para indemnizar al usuario, alegando el seguro que el entrenador no ostenta la titulación que indica la Ley estará exento de cubrir siniestro alguno,además de las posibles consecuencias penales para el entrenador, por poner un ejemplo, es lo mismo que cuando atropellas a alguien y no tienes carnet de conducir.


Sin duda, esta no es la Ley que desde el colectivo de entrenadores queríamos, desde ANEFF propusimos a todos los grupos políticos que nos quisieron escuchar, una homologación para todos los entrenadores que se habían formado por la vía no oficial y que instaran a la Federación de Fútbol de Madrid a que dejara de impartir estos cursos privados y comenzara a impartir los cursos oficiales, tal y como ha hecho desde el año 2007 al 2014.

Desde la redes sociales de la Federación de Fútbol de Madrid celebran con algarabía esta modificación, no entiendo el porqué.

Conrado Galán
Director de ANEFF